Contents
Impuestos. Son ineludibles. Y cuando se refieren a la propiedad, ya sea residencial o de cualquier otro tipo que se encuentre sujeta a estos, el sistema tributario español no es más o menos complicado que cualquier otro. Le rogamos que tenga en cuenta que la información ofrecida a continuación es una mera orientación, de modo que, para conocer más detalles, deberá consultar con un abogado especializado en materia tributaria o con un gestor cualificado.
Existen dos tipos de impuestos sobre activos en España:
- Un impuesto sobre el patrimonio (Impuesto Extraordinario sobre el Patrimonio), que abarca todos sus bienes, incluyendo la vivienda residencial, pero también los activos comerciales, los saldos bancarios, los títulos de renta fija y las participaciones sociales, entre otros activos.
- Un impuesto sobre la propiedad (Impuesto sobre Bienes Inmuebles o IBI), que se refiere específicamente a los bienes inmuebles. El IBI es un impuesto municipal anual sobre bienes inmuebles que debe pagar la persona titular de la propiedad a fecha del 1 de enero del año en curso. Se calcula en base al valor catastral de la propiedad, que viene determinado por las dimensiones, condiciones y precio de compra, entre otros factores.

Impuesto calculado sobre bienes inmuebles residenciales (no arrendados)
Se aplica un impuesto sobre la renta de no residentes a todos los bienes inmuebles destinados a un uso residencial, por ejemplo, una segunda vivienda en España que no se arrienda cuando no se utiliza. Se calcula aplicando un gravamen (19 % para residentes en la Unión Europea, Islandia y Noruega, 24 % para residentes en otros países) sobre un arrendamiento teórico del 1,1 % o 2 % del valor catastral o imponible de la propiedad.
Impuesto sobre ingresos por arrendamiento
Los ingresos por el arrendamiento de bienes inmuebles mantenidos en España por parte de no residentes están sujetos a impuestos que también varían dependiendo del país de residencia del propietario. Para residentes en la Unión Europea, Islandia y Noruega, la tasa impositiva es del 19 % y se aplica a los ingresos netos por arrendamiento.

El impuesto de plusvalía
En España, existen dos tipos de impuestos de plusvalía tras la venta de una propiedad:
- El impuesto sobre la diferencia entre el precio de venta y el precio de compra más los gastos e impuestos correspondientes a la compra de la propiedad.
- El impuesto de plusvalía municipal, fijado por el ayuntamiento según el valor catastral del inmueble y el número de años que el vendedor lo ha tenido en propiedad.
Presentación de declaraciones de la renta
La obligación de presentar una declaración de la renta dependerá de que el contribuyente sea residente en España a efectos fiscales. En tal caso, deberá presentar una declaración de la renta si sus activos netos superan los 102 172 € o si sus activos brutos superan los 601 012 €. Las comunidades autónomas, como la Comunidad Valenciana, a la que pertenece la Costa Blanca, tienen el derecho de fijar sus propias cuantías mínimas.
Incluso en el caso de que el contribuyente tenga su residencia fiscal en el extranjero, deberá presentar una declaración de la renta de la propiedad, aunque solo en relación con los activos que posee en España.